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domingo, 4 de marzo de 2012

El procedimiento concursal instaurado por Ley en el año 2003, es una auténtica tabla de salvación para las empresas con deudas o al borde de la quiebra. En el proceso se negocia la deuda con los acreedores, evitando el cierre y, sólo en aquellos casos, donde la negociación no llegue a buen término, liquidar las mismas en el modo y forma más ventajosa para el empresario solicitante del concurso de acreedores.
El desconocimiento general de los múltiples beneficios del procedimiento concursal, unido a un injustificado miedo al “que dirán”, hace que en muchas ocasiones las empresas no acudan al concurso de acreedores, y por ello renuncien a notables beneficios. Si nadie se extraña de que el enfermo, vaya al Médico ser sanado, no debe extrañar que las empresas “enfermas”, acudan al concurso de acreedores para alcanzar soluciones legales.
¿Qué es el concurso de acreedores? El concurso de acreedores, es un procedimiento judicial que pretende dar solución a la insolvencia del deudor común con la finalidad esencial de satisfacer la deuda con los acreedores.
¿Cuál es su finalidad? Mantener la actividad empresarial mediante la negociación con los acreedores evitando la liquidación de la empresa. Dicho de otro modo, salvar el negocio mediante el pago negociado de las deudas o, en caso de que ello no sea posible, pagar las deudas mediante la liquidación de la empresa, procurando que ello no afecte al patrimonio del deudor (administrador de la sociedad o persona física).
¿Quién puede ser declarado en concurso de acreedores? Cualquier persona, física o jurídica puede ser declarada en concurso de acreedores con independencia de que tenga o no la consideración de comerciante, siempre que se encuentre en situación de insolvencia.
¿Qué se entiende por insolvencia? se encuentra en estado de insolvencia el deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.
¿Quién puede pedir el concurso de acreedores? Tanto el deudor como el acreedor, denominándose voluntario el primero de ellos y necesario el segundo.
El empresario-deudor tiene la obligación de solicitar el concurso dos meses después de haber conocido su estado de insolvencia. Esta obligación se acompaña con una serie de ventajas para el deudor solicitante.
El acreedor podrá solicitar el concurso necesario cuando el deudor no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles, insolvencia que debe manifestarse por alguno de estos hechos:
- El sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
- La existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor.
- El alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes por el deudor.
- El incumplimiento generalizado de sus obligaciones de pago.
¿Qué ventajas tiene para el deudor solicitante del concurso voluntario?
• El deudor permanece al frente de su negocio conservando la totalidad de la administración y disposición sobre su negocio debiendo dar cuenta al administrador concursal quien supervisará las actuaciones de éste.
• Se evita que los bienes personales respondan por las deudas societarias• Se evita que los acreedores inhabiliten a los deudores para el ejercicio del comercio.
• Las demandas interpuestas por acreedores contra la empresa se paralizan, incluidas las que ya estuviesen en ejecución antes de declararse el concurso.
• No caben nuevas demandas, ni las de desahucio por el impago de las rentas al arrendador, ni las de ejecución por impago de préstamos hipotecarios o financieros (leasing), deudas con la Administración, etc.
Las deudas del concursado se podrán abonar hasta 5 años después de declarado el concurso y con una reducción o quita de hasta un máximo el 50% de la cantidad adeudada, atendiendo siempre a las posibilidades del deudor, expresadas en un convenio a presentar a los acreedores.
• Las deudas concursales no generarán intereses.
¿Que ventajas tiene para el acreedor solicitar el concurso necesario?
• Obtendrá un privilegio en el cobro del 25% sobre los restantes acreedores por haber sido él quien solicitó el concurso del deudor.
• El deudor perderá sus facultades de administración y disposición en la empresa.
• El deudor responderá personalmente con sus bienes frente a las deudas sociales.
¿Cuál es la tramitación del concurso? En esencia, declarado el concurso el procedimiento se desarrolla en dos fases:
a) la denominada fase común que tiene por objeto la formación de la masa activa y pasiva del concurso.
b) la fase de convenio o liquidación. Concluida la fase común, el concurso puede desembocar en un convenio con los cuyo contenido puede ser una rebaja de los créditos y/o un aplazamiento para su abono, o bien en la liquidación que consiste en la realización de los bienes del deudor común y pago a los acreedores hasta donde alcance el importe obtenido.

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